Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado. Practicar con tests.
Artículo 157. Ministro de Hacienda.
La coordinación de la gestión de los edificios administrativos utilizados por la Administración General del Estado y sus organismos públicos corresponde al Ministro de Hacienda y, bajo la autoridad de éste, al Director General del Patrimonio del Estado.
Artículo 157. Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.
La coordinación de la gestión de los edificios administrativos utilizados por la Administración General del Estado y sus organismos públicos corresponde al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas con la asistencia de la Comisión de Coordinación financiera de Actuaciones Inmobiliarias y Patrimoniales.
Se modifica por el art. 5.3 del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-2012-4441.