Disposición adicional centésima sexta. Cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Se procede a la actualización de las cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de grado III, Gran Dependencia; grado II, Dependencia Severa y grado I, Dependencia Moderada, que son las fijadas en el siguiente cuadro:
Grado de dependencia
Mínimo de protección garantizado
–
Euros/mes
Grado III Gran Dependencia.
290,00
Grado II Dependencia Severa.
130,00
Grado I Dependencia Moderada.
76,00
Disposición adicional centésima sexta. Cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Se procede a la actualización de las cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de grado III, Gran Dependencia; grado II, Dependencia Severa y grado I, Dependencia Moderada, que son las fijadas en el siguiente cuadro:
Grado de dependencia
Mínimo de protección garantizado
–
Euros/mes
Grado III Gran Dependencia.
290,00
Grado II Dependencia Severa.
130,00
Grado I Dependencia Moderada.
76,00
Asimismo, se fija la cuantía del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, incluida en el Grado III+, de dependencia extrema en 4.930 euros al mes.
Se modifica por el art. 2 del Real Decreto-ley 11/2025, de 21 de octubre. Ref. BOE-A-2025-21205
Disposición adicional centésima sexta. Cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Se procede a la actualización de las cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de grado III, Gran Dependencia; grado II, Dependencia Severa y grado I, Dependencia Moderada, que son las fijadas en el siguiente cuadro:
Mínimo de protección garantizado
–
Euros/mes
Asimismo, se fija la cuantía del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, incluida en el Grado III+, de dependencia extrema en 4.930 euros al mes.
Se modifica por el art. 1 del Real Decreto-ley 17/2026, de 23 de junio. Ref. BOE-A-2026-13643
Esta modificación será aplicable para las prestaciones que se devenguen a partir del 1 de julio de 2026, según establece la disposición final 3 del citado Real Decreto-ley.
Se modifica por el art. 2 del Real Decreto-ley 11/2025, de 21 de octubre. Ref. BOE-A-2025-21205