Artículo 57. Punto de información y atención a víctimas de agresiones y de delitos de odio.
La Comunidad de Madrid, en el ámbito de sus competencias, pondrá en marcha el Punto de información para realizar una atención y apoyo integral y multidisciplinar a las víctimas de agresiones y de delitos de odio por su orientación sexual e identidad o expresión de género.