Ley 3/2009 Murcia

Artículo 38 de la Ley 3/2009 Murcia: Derecho de Participación

Texto consolidado del BOE.

Artículo 38. Derecho de Participación.

La Administración Sanitaria deberá promover y garantizar el derecho de participación de los ciudadanos, tanto colectivo o social como individual, en el ámbito del sistema sanitario público de la Región de Murcia.