Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 39. Impugnación y reclamaciones contra los actos de los organismos autónomos.
1. Los actos y resoluciones dictados por los órganos de los organismos autónomos estarán sujetos al régimen de recursos administrativos establecido en la normativa reguladora del régimen jurídico de las Administraciones Públicas.
2. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones fundadas en Derecho privado o laboral serán resueltas por el máximo órgano rector del Organismo autónomo.
Se modifica el apartado 2 por la disposición adicional 4.1 de la Ley 4/2005, de 1 de junio. Ref. BOE-A-2005-10458#dacuaa