Ley 3/2003 Asturias Sindicatura

Artículo 11 — Ley 3/2003 Asturias Sindicatura

Artículo 11. Fiscalización de subvenciones y otras ayudas públicas.

1. Los perceptores o beneficiarios de subvenciones, créditos, avales y demás ayudas de contenido económico provenientes del sector público autonómico, así como los particulares que administren, recauden o custodien fondos o valores públicos, estarán obligados a rendir las cuentas que legalmente resulten exigibles.

2. La fiscalización de las cuentas rendidas por los perceptores o beneficiarios de subvenciones, créditos, avales y demás ayudas de contenido económico provenientes del sector público autonómico se extenderá tanto a la comprobación de que las cantidades de que se trate se han aplicado a las finalidades para las que fueron concedidas como a sus resultados.