Ley 3/2002 Archivos Cantabria

Disposición adicional segunda de la Ley 3/2002 Archivos Cantabria: Disposición adicional segunda. Ingresos en el Archivo de la Comunidad Autónoma

Texto consolidado del BOE.

Disposición adicional segunda. Ingresos en el Archivo de la Comunidad Autónoma.

Las donaciones, herencias o legados de documentos integrantes del Patrimonio Documental de Cantabria a favor de la Comunidad Autónoma de Cantabria ingresarán en el Archivo de la Comunidad Autónoma, entendiéndose aceptada la herencia a beneficio de inventario. Ingresarán en dicho Archivo, asimismo, los adquiridos a título oneroso.