Ley 3/2001 CyL

Artículo 4 — Ley 3/2001 CyL

Artículo 4. El Presidente.

El Presidente de la Junta de Castilla y León ostenta la suprema representación de la Comunidad Autónoma y la ordinaria del Estado en ésta. Asimismo preside la Junta de Castilla y León dirigiendo sus acciones y coordinando las funciones de sus miembros.