Artículo 18. Acciones.
Contra el acto de competencia desleal podrán ejercitarse las siguientes acciones:
1.ª Acción declarativa de la deslealtad del acto, si la perturbación creada por el mismo subsiste.
2.ª Acción de cesación del acto, o de prohibición del mismo, si todavía no se ha puesto en práctica.
3.ª Acción de remoción de los efectos producidos por el acto.
4.ª Acción de rectificación de las informaciones engañosas, incorrectas o falsas.
5.ª Acción de resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados por el acto, si ha intervenido dolo o culpa del agente. El resarcimiento podrá incluir la publicación de la sentencia.
6.ª Acción de enriquecimiento injusto, que sólo procederá cuando el acto lesione una posición jurídica amparada por un derecho de exclusiva u otra de análogo contenido económico.
Artículo 18. Publicidad ilícita.
La publicidad considerada ilícita por la Ley General de Publicidad, se reputará desleal.
Se modifica por el art. 1.10 de la Ley 29/2009, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-21162