Ley 3/1990 Patrimonio Documental Canarias

Artículo 11 — Ley 3/1990 Patrimonio Documental Canarias

Artículo 11.

Son órganos del Sistema Canario de Archivos:

a) El Consejo Regional de Archivos, órgano consultivo y asesor del Gobierno de Canarias. Sus funciones y composición se determinarán reglamentariamente.

b) Los Consejos Insulares de Archivos, órganos consultivos y asesores de los Cabildos Insulares. Las funciones y composición de dichos Consejos se determinarán reglamentariamente.