Ley 29/2011

Artículo 12 de la Ley 29/2011: Gastos de sepelio e inhumación

Texto consolidado del BOE.

Artículo 12. Gastos de sepelio e inhumación.

La Administración General del Estado, en los términos que reglamentariamente se establezcan, asumirá los gastos de traslado, sepelio e inhumación y/o incineración de las personas que resulten fallecidas como consecuencia de un atentado terrorista.