Ley 27/2006 Info Ambiental

Disposición adicional octava — Ley 27/2006 Info Ambiental

Disposición adicional octava. Información sobre la aplicación de la Ley en materia de acceso a la información ambiental.

Las Administraciones Públicas elaborarán y publicarán información periódica de carácter estadístico sobre las solicitudes de información ambiental recibidas, así como información sobre la experiencia adquirida en la aplicación de esta Ley, garantizando en todo caso la confidencialidad de los solicitantes.

Para este cometido, así como para el adecuado cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado, las diferentes Administraciones Públicas colaborarán e intercambiarán la información que resulte necesaria.