Ley 22/2006 Capitalidad Madrid

Artículo 38 de la Ley 22/2006 Capitalidad Madrid

Texto consolidado del BOE.

Artículo 38. Ámbito material de aplicación de las competencias del Ayuntamiento de Madrid en materia de movilidad.

En los términos de la presente Ley y de la legislación sobre tráfico, circulación y seguridad vial, el Ayuntamiento de Madrid ejerce las competencias que tiene atribuidas en materia de tráfico, circulación y seguridad vial sobre las vías urbanas y sobre las travesías, cuando éstas hayan sido declaradas vías urbanas, así como sobre cualquier espacio abierto a la libre circulación de personas, animales y vehículos, sin perjuicio de las competencias que por razones de seguridad ciudadana correspondan a otras Administraciones en los mismos ámbitos territoriales.