Ley 22/2003

Artículo 185 de la Ley 22/2003: Derecho al examen de los autos

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Tramitación Procesal, Administrativo del Estado. Practicar con tests.

Artículo 185. Derecho al examen de los autos.

Los acreedores no comparecidos en forma podrán solicitar del juzgado el examen de aquellos documentos o informes que consten en autos sobre sus respectivos créditos, acudiendo para ello a la secretaría del juzgado personalmente o por medio de letrado o procurador que los represente, quienes para dicho trámite no estarán obligados a personarse.

Artículo 185. Derecho al examen de los autos.

Los acreedores no comparecidos en forma podrán solicitar del Juzgado el examen de aquellos documentos o informes que consten en autos sobre sus respectivos créditos, acudiendo para ello a la Oficina judicial personalmente o por medio de letrado o procurador que los represente, quienes para dicho trámite no estarán obligados a personarse.

Se modifica por el art. 17.43 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre. Ref. BOE-A-2009-17493.