Ley 20/2022

Artículo 34 de la Ley 20/2022: Deber de memoria

Texto consolidado del BOE.

Artículo 34. Deber de memoria.

Con el objeto de preservar en la memoria colectiva los desastres de la guerra y de toda forma de totalitarismo, las administraciones públicas desarrollarán todas aquellas medidas destinadas a evitar que las violaciones de derechos humanos que se produjeron durante el golpe de Estado, la Guerra y la Dictadura, puedan volver a repetirse.