Ley 2/2023 Asturias

Artículo 3 de la Ley 2/2023 Asturias: Personal con legislación específica propia

Texto consolidado del BOE.

Artículo 3. Personal con legislación específica propia.

Las disposiciones de esta ley solo se aplicarán directamente cuando así lo disponga su legislación específica al siguiente personal:

a) Personal funcionario de la Junta General del Principado de Asturias.

b) Personal funcionario de los órganos auxiliares del Principado de Asturias.