Artículo 48. Reserva de plazas para personas con discapacidad.
A efectos de la reserva de plazas para personas con discapacidad en las ofertas de empleo público se estará a lo dispuesto en la legislación básica.
Artículo 48. Reserva de plazas para personas con discapacidad.
A efectos de la reserva de plazas para personas con discapacidad en las ofertas de empleo público se estará a lo dispuesto en la legislación básica.
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