Ley 2/2021 Oficina Antifraude Andalucía

Artículo 29 — Ley 2/2021 Oficina Antifraude Andalucía

Artículo 29. Estructura de la Oficina.

El Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento de la Oficina regulará su organización y estructura, debiendo preverse la existencia, al menos, de los siguientes órganos:

a) Una subdirección competente en materia de actuaciones de investigación, inspección y régimen sancionador.

b) Una subdirección competente en materia de medidas de protección de la persona denunciante, propuestas de prevención y recomendaciones de actuación, y gestión del canal de denuncias.