Ley 2/2016 Inst Loc Euskadi

Disposición adicional quinta de la Ley 2/2016 Inst Loc Euskadi: Disposición adicional quinta. Funcionarios de la Administración local

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Disposición adicional quinta. Funcionarios de la Administración local.

En materia de funcionarios públicos de la Administración local, y en ejercicio de la competencia atribuida a la Comunidad Autónoma de Euskadi por el Estatuto de Autonomía en su artículo 10.4, corresponderá al Gobierno Vasco distribuir, mediante decreto, las funciones relativas a las facultades que le correspondan en dicho ámbito a la Comunidad Autónoma de Euskadi en virtud de la normativa vigente, entre las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma, las instituciones forales de los territorios históricos y las entidades locales. Dicha distribución se realizará atendiendo a la evolución histórica en el reparto de facultades y funciones en las materias mencionadas y a la experiencia acreditada por dichas instituciones en el ejercicio de las mismas.