Ley 2/2016 Inst Loc Euskadi

Artículo 20 de la Ley 2/2016 Inst Loc Euskadi: Delegación y transferencia de competencias

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 20. Delegación y transferencia de competencias.

1. Las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma de Euskadi y los órganos forales de los territorios históricos podrán transferir o delegar sus propias competencias en los municipios o entidades locales.

2. Mediante la transferencia y delegación de competencias se podrá hacer efectivo el principio de diferenciación.