Ley 2/2016 Inst Loc Euskadi

Artículo 108 de la Ley 2/2016 Inst Loc Euskadi: Áreas metropolitanas que superen el ámbito territorial de un territorio histórico

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 108. Áreas metropolitanas que superen el ámbito territorial de un territorio histórico.

Por ley del Parlamento Vasco se podrán crear áreas metropolitanas u otras entidades supramunicipales análogas que extiendan su ámbito territorial a municipios de más de un territorio histórico. La ley de creación determinará las competencias de esas entidades, los órganos que forman parte de ellas y el resto de elementos que conforman su régimen jurídico.