Ley 2/2016 CM Trans

Artículo 44 — Ley 2/2016 CM Trans

Artículo 44. Formación de empleados públicos.

En el ámbito de la Administración Autonómica se impartirá una formación que garantice la sensibilización adecuada y correcta actuación de los profesionales que prestan servicios en los ámbitos de la salud, la educación, el mundo laboral, familia y servicios sociales, los cuerpos de policía local, ocio cultura y deporte y comunicación.