Ley 2/2016 CM Trans

Artículo 39 de la Ley 2/2016 CM Trans: Cooperación internacional al desarrollo

Texto consolidado del BOE.

Artículo 39. Cooperación internacional al desarrollo.

El Plan General y los planes anuales madrileños de cooperación para el desarrollo, impulsarán expresamente aquellos proyectos que promuevan y defiendan el derecho a la vida, la igualdad, la libertad y la no discriminación de las personas por motivos de identidad o expresión de género en aquellos países en que estos derechos sean negados o dificultados, legal o socialmente, así como la protección de personas frente a las persecuciones y represalias.