Disposición adicional segunda. Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades para las personas con discapacidad.
En el plazo máximo de dieciocho meses, la Junta de Castilla y León aprobará el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades para las personas con discapacidad que desarrollará todas las medidas necesarias comprendidas en esta ley en materia de igualdad de oportunidades.