Ley 2/2010 CyL

Artículo 4 — Ley 2/2010 CyL

Artículo 4. Principios generales.

Sin perjuicio de los principios generales de aplicación e interpretación de las normas, la aplicación de esta ley se regirá por los principios de interpretación más favorable a los ciudadanos, equidad, buena fe y confianza legítima.