Artículo 23 bis. Ciclos de Educación Secundaria Obligatoria.
La etapa de Educación Secundaria Obligatoria se organiza en materias y comprende dos ciclos, el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno.
El segundo ciclo o cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria tendrá un carácter fundamentalmente propedéutico.
Se añade por el art. único.14 de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-12886#aunico.
Artículo 23 bis. Ciclos de Educación Secundaria Obligatoria.
(Suprimido).
Se suprime por el art. único.15 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-17264#au
Se añade por el art. único.14 de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-12886#aunico.