Ley 19/2021 IMV

Artículo 30 de la Ley 19/2021 IMV: Cooperación administrativa en el ejercicio de las funciones de supervisión

Texto consolidado del BOE.

Artículo 30. Cooperación administrativa en el ejercicio de las funciones de supervisión.

Todas las administraciones públicas cooperarán en la ejecución de las funciones de supervisión necesarias para la garantía del ingreso mínimo vital de conformidad con lo previsto en el artículo 71 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.