Texto consolidado del BOE.
Artículo 26. Iniciación del procedimiento.
El acceso a la prestación económica prevista en la presente ley se realizará previa solicitud de la persona interesada, según lo previsto en el artículo siguiente.
Texto consolidado del BOE.
Artículo 26. Iniciación del procedimiento.
El acceso a la prestación económica prevista en la presente ley se realizará previa solicitud de la persona interesada, según lo previsto en el artículo siguiente.
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