Ley 19/2002 Archivos CLM

Artículo 48 — Ley 19/2002 Archivos CLM

Artículo 48. Definición.

La eliminación de documentos tiene el carácter de un procedimiento especial de las Administraciones Públicas consistente en la exclusión y destrucción física de los documentos como bienes del patrimonio documental. En cualquier caso la documentación custodiada en los archivos públicos no podrá ser destruida mientras posea valor administrativo, jurídico e histórico.