Ley 19/2002 Archivos CLM

Artículo 2 — Ley 19/2002 Archivos CLM

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

1. Se regirán por las disposiciones de la presente Ley todos los archivos integrados en el Sistema de Archivos de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de lo dispuesto para los archivos de titularidad estatal gestionados por la Comunidad Autónoma en la legislación estatal que les afecte y en los convenios de gestión que, en relación con los citados archivos, se suscriban por la Administración General del Estado y la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Los documentos pertenecientes al patrimonio documental de Castilla-La Mancha depositados en los archivos privados no integrados en el Sistema de Archivos de Castilla-La Mancha se regirán por lo dispuesto en las disposiciones específicas sobre Patrimonio Histórico.