Disposición transitoria tercera. Tablón Edictal Judicial Único.
La publicación de los edictos mediante el Tablón Edictal Judicial Único resultará de aplicación a partir del 1 de junio de 2021 tanto a los procedimientos que se inicien con posterioridad, como a los ya iniciados.
Se añade por la disposición final 4.8 de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre. Ref. BOE-A-2020-10923#df-4