Ley 18/2011

Artículo 45 — Ley 18/2011

Artículo 45. Funcionamiento integrado y conjunto de todas las aplicaciones informáticas.

El Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica fijará las bases para el desarrollo del Esquema judicial de interoperabilidad y seguridad de modo que permita, a través de las plataformas tecnológicas necesarias, la interoperabilidad total de todas las aplicaciones informáticas al servicio de la Administración de Justicia.