Ley 17/2023 Educación Euskadi

Artículo 50 — Ley 17/2023 Educación Euskadi

Artículo 50. Órganos de gobierno y de coordinación docente.

1. Los centros privados no concertados dispondrán, al menos, de los siguientes órganos:

a) El personal directivo.

b) El claustro del profesorado.

2. Las normas de organización y funcionamiento del centro pueden establecer otros órganos de gobierno, de asistencia al director o la directora y de coordinación docente y tutoría.

3. Las normas de organización y funcionamiento pueden determinar órganos y procedimientos de participación de la comunidad educativa en el funcionamiento del centro.