Disposición transitoria séptima. Modificación del Decreto 37/2006.
En un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley se procederá a modificar el Decreto 37/2006 para incluir, salvo excepciones justificadas, la cobertura de plazas temporales de todas las entidades sujetas a la presente ley. Esta modificación se negociará con las organizaciones sindicales representadas en la Mesa General de Empleados Públicos.