Ley 16/2010

Artículo 37 — Ley 16/2010

Artículo 37. Ejercicio de la potestad reglamentaria.

1. Corresponde a la Xunta de Galicia la titularidad y el ejercicio de la potestad reglamentaria de la Comunidad Autónoma.

2. Las personas titulares de las consejerías pueden dictar disposiciones administrativas de carácter general en lo relativo a la organización y materias propias de sus departamentos.

3. Las instrucciones emitidas por los órganos de la Administración general de Galicia y por las entidades instrumentales públicas no se consideran en ningún caso disposiciones dictadas en el ejercicio de la potestad reglamentaria.