Disposición final tercera. Consejo de Coordinación Interadministrativa del Sistema de Servicios Sociales.
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley se aprobará el reglamento por el que se regule el Consejo de Coordinación Interadministrativa del Sistema de Servicios Sociales.
Se modifica por el art. 41.12 de la Ley 5/2014, de 11 de septiembre. Ref. BOE-A-2014-9959