Ley 15/2007

Disposición final primera — Ley 15/2007

Disposición final primera. Títulos competenciales.

Esta Ley se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución.

Se exceptúan de lo anterior los siguientes preceptos:

La disposición adicional primera, que se dicta al amparo del artículo 149.1.5.ª de la Constitución.

Los artículos 12, apartado 3 y 16; y las disposiciones adicionales segunda, séptima y novena, que se dictan al amparo del artículo 149.1. 6.ª de la Constitución.

El artículo 23, que se dicta al amparo del artículo 149.1.14.ª de la Constitución.