Ley 14/2006 Finanzas Cantabria

Artículo 157 — Ley 14/2006 Finanzas Cantabria

Artículo 157. Plan anual de auditorías.

La Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma elaborará anualmente un plan de auditorías en el que se incluirán las actuaciones a realizar durante el correspondiente ejercicio. Asimismo, el plan anual de auditorías incluirá las actuaciones correspon­dientes a ayudas y subvenciones públicas.

La Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma podrá modificar las auditorías pre­vistas inicialmente en el plan anual cuando existan cir­cunstancias que lo justifiquen.

Para la elaboración del plan anual de auditorías y sus posibles modificaciones, las entidades integrantes del sector público autonómico empresarial y fundacional remitirán a la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma cuentas trimestrales provi­sionales debidamente confeccionadas, en el mes siguiente a la conclusión del trimestre a que se refieren.