Artículo 1. Objeto.
La presente ley tiene por objeto regular todas aquellas medidas tendentes a erradicar la violencia de género mediante la sensibilización a la sociedad sobre esta lacra social, la prevención y la atención integral a sus víctimas a fin de conseguir su recuperación efectiva, entendiendo por tales no sólo a la mujer sino también a las personas que de ella dependan.