Ley 13/2007 Violencia de Género Andalucía

Artículo 21 de la Ley 13/2007 Violencia de Género Andalucía: Formación en el ámbito judicial

Texto consolidado del BOE.

Artículo 21. Formación en el ámbito judicial.

1. La Administración de la Junta de Andalucía fomentará la colaboración con el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado. En el ámbito de sus respectivas competencias, asegurarán una formación específica relativa a la igualdad y no discriminación por razón de sexo y sobre violencia de género en los cursos de formación de jueces y magistrados, fiscales, secretarios judiciales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y médicos forenses.

2. Asimismo se promoverá la formación específica necesaria para las personas profesionales del ámbito jurídico, que tengan relación con el objeto de la presente Ley.