Ley 13/2007 Violencia de Género Andalucía

Artículo 19 — Ley 13/2007 Violencia de Género Andalucía

Artículo 19. Medios de comunicación públicos y privados de Andalucía.

Los medios de comunicación de Andalucía:

a) Promoverán la elaboración de mecanismos de autorregulación que garanticen la adecuada difusión de las informaciones relativas a la violencia de género, de acuerdo con los principios de la ética periodística.

b) Difundirán información sobre la protección a las mujeres, sobre los recursos que están a disposición de aquéllas, y de las campañas de sensibilización.

c) Velarán para que los programas de sensibilización y formación en esta materia se emitan en un horario variado que pueda ser visto por toda la población.