Ley 12/2014 CARM Transparencia

Artículo 49 de la Ley 12/2014 CARM Transparencia: Sanciones

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 49. Sanciones.

1. Podrán aplicarse para las infracciones previstas en este capítulo las sanciones de amonestación y multa, de acuerdo con lo señalado en los siguientes apartados.

2. Las infracciones leves podrán sancionarse con amonestación o multa por importe de entre 200 a 5.000 euros.

3. Las infracciones graves se sancionarán con multa por importe de entre 5.001 a 30.000 euros.

4. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa por importe de entre 30.001 a 400.000 euros.

5. Las infracciones graves y muy graves podrán, asimismo, conllevar como sanción accesoria el reintegro total o parcial de la subvención concedida o, en su caso, la resolución del contrato, concierto o vínculo establecido, en los términos que se señalen en el acto o instrumento administrativo que los regulen. Para la imposición y graduación de estas sanciones accesorias, se atenderá a la gravedad de los hechos y a su repercusión social, de acuerdo con el principio de proporcionalidad.