Ley 12/2014 CARM Transparencia

Artículo 15 — Ley 12/2014 CARM Transparencia

Artículo 15. Información sobre relaciones con los ciudadanos y la sociedad.

Las entidades e instituciones referidas en el presente título publicarán la siguiente información:

a) Los mapas de sus respectivas webs, así como de aquellas otras webs o portales especializados de carácter sectorial.

b) El catálogo actualizado de los procedimientos y servicios administrativos de su competencia, con indicación de su objeto, trámites y plazos, así como, en su caso, de los formularios que los mismos tuvieran asociados. Se indicará de manera específica aquellos procedimientos que admitan, total o parcialmente, tramitación electrónica.

c) Las cartas de servicios aprobadas con la información sobre los servicios públicos gestionados o instrumentos análogos de compromisos a nivel de servicio, así como los informes sobre el grado de cumplimiento y calidad de los servicios públicos y aquella otra información disponible que permita su valoración.

d) Información sobre el procedimiento existente de quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de los servicios.

e) El plan e informe anual del órgano directivo con competencias en materia de inspección de los servicios.