Ley 12/2010 Igualdad CLM

Artículo 24 de la Ley 12/2010 Igualdad CLM: Derechos de las mujeres que viven en el medio rural

Texto consolidado del BOE.

Artículo 24. Derechos de las mujeres que viven en el medio rural.

1. Las Administraciones públicas castellano-manchegas deberán garantizar el derecho a la formación y el acceso a los equipamientos a las mujeres que viven en el medio rural, de manera que favorezcan la incorporación de ellas al mundo laboral y la participación en el desarrollo sostenible de su entorno, en la forma que reglamentariamente se establezca.

2. Se promoverán servicios para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar, posibilitando el acceso a los mismos.

3. Con el fin de hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y de oportunidades, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha facilitará programas formativos a las mujeres que viven en el medio rural, a los efectos de mejorar su integración en el mercado laboral.

4. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha promoverá la plena incorporación de la mujer en la sociedad de la información mediante el desarrollo de programas específicos, en especial, en materia de acceso y formación en tecnologías de la información y de las comunicaciones, con especial atención a las mujeres que viven en el medio rural.

5. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha valorará, cuantificará y hará visible el trabajo de la mujer en las explotaciones agrarias y apoyará el cooperativismo femenino rural, con la finalidad de promover una representación equilibrada de mujeres y hombres.

6. Para que estos derechos puedan ser ejercidos con plenitud, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha elaborará un censo en el que voluntariamente podrán incluirse las mujeres que viven en el medio rural, a las que puntualmente se les facilitará información y asesoramiento.

7. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha integrará la perspectiva de género en las actuaciones de desarrollo rural, garantizando que estas intervenciones contemplen las necesidades de las mujeres y permitan su plena participación en igualdad real de oportunidades entre hombres y mujeres.