Ley 12/2001 LOSCAM

Artículo 22 — Ley 12/2001 LOSCAM

Artículo 22. Principios generales.

La administración sanitaria promoverá, con el objeto de ordenar la colaboración de todos en la protección de la salud de los ciudadanos, el desenvolvimiento coordinado y armónico de las organizaciones sanitarias privadas y entre estas y las del ámbito público, cualquiera que sea su naturaleza, así como de las iniciativas sanitarias de la sociedad civil, de acuerdo con los principios de orientación al ciudadano, eficacia, eficiencia, integración de acciones y acreditación previa.

Se modifica por el art. 42.1 de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-7343