Ley 11/2022 Empleo Público Vasco

Artículo 27 de la Ley 11/2022 Empleo Público Vasco: Personal funcionario de carrera

Texto consolidado del BOE.

Artículo 27. Personal funcionario de carrera.

Es personal funcionario de carrera el que, en virtud de nombramiento legal, desempeña servicios profesionales retribuidos de carácter permanente, y se encuentra vinculado a las administraciones públicas vascas por una relación estatutaria regulada por el derecho público.