Disposición adicional séptima. De los organismos autónomos integrados como una sección presupuestaria en el Presupuesto de la Administración General.
La gestión presupuestaria de los organismos autónomos integrados como una sección presupuestaria en el Presupuesto de la Administración General se regirá a efectos presupuestarios y financieros por el régimen aplicable a una consejería.