Artículo 34. Ámbito objetivo.
Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja determinarán:
a) Los estados de gastos, en los que se incluirán las obligaciones económicas que, como máximo, pueden reconocer los sujetos integrantes del sector público administrativo, así como los derechos a reconocer durante el correspondiente ejercicio que conformarán los estados de ingresos.
b) Los gastos e ingresos y las operaciones de inversión y financieras a realizar por las entidades que integran el sector público empresarial y fundacional.
c) Las actividades a desarrollar y los objetivos a alcanzar en relación con cada uno de los programas de gasto, concretando en términos operativos la actividad a medio y largo plazo de la organización.
d) El presupuesto de gastos fiscales expresado mediante la estimación de los beneficios fiscales que afecten a los tributos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
e) Las operaciones financieras de los fondos carentes de personalidad jurídica.