Ley 11/2013 Hacienda La Rioja

Artículo 127 de la Ley 11/2013 Hacienda La Rioja: Obligación de rendir cuentas

Texto consolidado del BOE.

Artículo 127. Obligación de rendir cuentas.

Las entidades integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja rendirán al Tribunal de Cuentas, por conducto de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la información contable regulada en la sección 1.ª del capítulo III de este título.