Ley 11/2006 Hacienda Canaria

Artículo 62 — Ley 11/2006 Hacienda Canaria

Artículo 62. Competencias de los consejeros y de los titulares de los entes con presupuesto limitativo.

Corresponderá a los titulares de los departamentos y de los entes del sector público con presupuesto limitativo, la autorización de las transferencias de crédito de su sección que afecten a los capítulos correspondientes a gastos de personal y gastos corrientes en bienes y servicios de un mismo o distinto programa.